Hola a tod@s,
paso a comentaros el problema que se me ha presentado:
Un ayuntamiento solicitó con el 2º Plan de ZP las ayudas para una instalación FV de aprox. 40 kWp en la cubierta de su piscina municipal y vender la energía eléctrica.
Problema: desde el Gobierno Central les han denegado la ayuda aduciendo que el RD indica claramente que cualquier obra no podrá acogerse a otras subvenciones y que la prima por producción lo es.
Por lo tanto se ha indicado que esta misma instalación será para autoconsumo.
El ingeniero municipal plantea conectar la instalación desde el inversor (sin baterías previas), a la red interna del edificio y consumir la energía generada. En principio, salvo el mes de agosto que cierran, toda la energía se consumiría. En agosto pues se 'apagaría' la instalación.
Iberdrola ya me ham planteado que está prohibido pues estaríamos inyectando a su red y que por tanto precisamos de solicitar punto de conexión.
Quizás debería tratar con Industria directamente el caso ¿no?
Por otro lado, dado que no pueden cobrar la prima por generar la energía ¿podrían exigir sólo el descuento de la energía generada cada mes de su factura?
No lo veo claro.
¿Alguien se ha visto en esta situación o parecida?
Muchas gracias por la ayuda de antemano y un saludo!


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.... pero, a estas alturas, no me sorprende na'.
