El Supremo reitera que la normativa de renovables no es retroactiva en Cincodias.com
a falta de un análisis jurídico más profundo, personalmente, afirmaciones como:
me ponen los pelos de punta!!el Alto Tribunal afirma que, respecto de "la situación jurídica de los titulares de las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial (...) no es posible reconocer pro futuro un derecho inmodificable a que se mantenga inalterado el marco retributivo aprobado (...), siempre que se respeten las prescripciones de la Ley del Sector Eléctrico en cuanto a la rentabilidad razonable de las inversiones".
A que llamamos rentabilidad razonable de las inversiones?...se deja al libre criterio del Ministerio fijarla para un futuro?
Que opináis?


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