Bienvenido Jumanji, ya se te echaba de menos compañero.
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¡Gracias compañero!
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"Nunca dudes que un pequeño grupo de ciudadanos pensantes y comprometidos pueda cambiar el mundo. De hecho, eso es lo único que lo ha logrado." - Margaret Mead
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Buenos días a todos,
Yo también me alegro de poder contar de nuevo con Jumanji. Respecto al tema que nos ocupa, os adjunto la sentencia para que hagamos una lectura detallada de la misma.
Saludos,
Orimar
Es una sentencia compleja sobre un problema complejo, distinto a la retroactividad que interesa al sector fotovoltaico, de hecho la interdicción de la retroactividad el tribunal no entra porque en el momento de la ejecucución no estaba amparado, era una construcción anterior al decreto al cual se ampara. Pero es un principio básico del derecho, lo que hagan en este sentido lo van a tener muy jodido puesto que es probable que los tribunales se lo tumben claramente.
Gracias Orimar. La leeré detenidamente.
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Gracias Orimar de nuevo.
El penúltimo párrafo de la pag. 5 habla de la sentencia de 25 de octubre de 2006 reiterada en la de 20 de marzo de 2007.
Soy un paquete buscando sentencias, ¿alguien podría ayudarme a encontrar estas 2?
Gracias
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Claro, no hay problema, te las adjunto. En cuanto a la sentencia que ha dado lugar a este hilo, la he leído y no tengo muy claras sus consecuencias. Me parece que hace referencia a un caso muy concreto para una tipología de producción muy concreta (centrales de ciclo combinado de más de 100MW).
No sé, de ahí a inferir que se sienta jurisprudencia para que el régimen vigente de primas a la fotovoltaica esté en peligro, especialmente a las pequeñas explotaciones, me parece que hay mucha distancia.
En todo caso, no soy jurista y sería interesante contrastar el tema con otros compañeros del foro.
Saludos,
Orimar
Gracias de nuevo Orimar. A ver si estas 2 sentencias que cuelgas aclaran algo más el asunto.
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