Hola, feliz año ante todo!!!
Estoy realizando un pfc, y a modo didáctico pues quiero redactar en el proyecto todo el procedimiento administrativo (desde la realización del proyecto hasta la ejecución de la instalación). Por lo tanto, la duda que tengo es la siguiente:
¿Para una instalación fotovoltaica en andalucia (en concreto Málagaa), para el procedemiento administrativo que me guío de R.D 50/2008, por el que se regulan los procedimientos administrativos en andalucia para instalaciones fotovoltaicas, o por el R.D 1578/2008 que es nacional de fecha posterior del r.d 50/2008?
Muchas gracias.


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. Con la guía de la Conserjería que te has bajado es suficiente, dado que resumen lo que hay que hacer y es lo que yo utilizo con mis instalaciones.
