La energía solar no es una energía alternativa: es la energía.
Hermann Scheer

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Tema: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

  1. #1
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    Predeterminado Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Hola, muy buenos días a todos. HAce ya un tiempo que no me metía por aqui, aunque se debe a que tengo mucho trabajo con una planta de 2,7MW (gracias a Dios).

    El caso es que me han llamado en varias ocasiones dueños de instalaciones acogidas al RD 661 y al RD del 2004, vamos que cobran según escalones de potencia instalada en inversor, no como ahora que es entrar en el cupo y ese precio se paga tengas 100kW que 400kW. Me han preguntado sobre, dado que el precio de las placas solares fotovoltaicas están regaladas comparadas con cuando las compraron en su día, sobre la posibilidad de ampliar los campos unicamente en palcas solares.

    Me explico:

    - Si tiene un inversor de 100kW (o 10 de 10kW, me es igual) y tiene instalado en placas de campo solar 110kWp, proponen instalar 140kWp en placas solares, con un sistema que cuando haya más potencia generada en las placas que la que admita el inversor (al haber 140kWp para inversor de 100kW), desconectar el sobrante y, sino es el caso, aprovechar generar a horas intermedias valores más altos.

    - La ventaja es claramente económica, ya que estoy generando y cobrando según un Real Decreto viejo (y que paga caro) y las placas me salen muy baratas ahora, incluso sigo ganando dinero aunque las tenga que desconectar algunas horas debido a esta diferencia de precios.

    De esto que me vengan a la mente algunas preguntas:
    - ¿Esto es legal? ¿Donde se indica que limites en campos oalr de kWp instalados tengo que tener de maximo en referencia a potencia de inversor?
    - A mi me parece que se esta "robando" aprovechándose del bajo precio pero esto ¿como se legalizaria esta instalación de cara a que se tiene que estimar la producción solar fotovoltaica? ¿Cobraría lo mismo que con el Real Decreto del resto de la planta? Si se instala y no se dice nada, ¿quien podria sorprenderse de la diferencia entre el valor producido (con 140kWp) y el estimado (con 110kWp)?

    Espero que alguna me pueda echar una mano, ya que para mi este punto en concreto es nuevo y no se como orientarlo. Gracias y un saludo
    "Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
    Fotovoltaica VS Nuclear: Energía renovable; eso es bueno. Energía más cara; eso es malo. Sin radiactividad; eso es bueno. Sujeta a subvenciones variables; eso es malo. Más barato desmantelar; eso es bueno... Yogulado...

  2. #2
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    nov 2007
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    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Interesante planteamiento Santa.....para mí que mientras no se modifiquen los inversores no debiera haber problema pero.....¿ y si se te averiasen módulos de los originales y se instalasen nuevos con mayor potencia por imposibilidad de reponer los antiguos por descatalogación ?
    Tómate la vida con filosofía. No saldrás vivo de ella


  3. #3
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    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Buenas,

    Este tema lo estuve mirando hace tiempo por la consulta de un cliente. Me estuve mirando la normativa y no encontré nada en contra, entiendo que se legalizaría ante industria como una instalación de BT normal.

    El tema es que no creo que te dejen, ya que al darte de alta declarabas también los paneles que ibas a poner y esto de ampliar me parece que se queda en un limbo legal.

    Lo correcto sería elevar una consulta a la CNE, pero tal y como están las cosas me imagino que se sacarán alguna interpretación de la manga y te diran que no es posible.

    Saludos

  4. #4
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    oct 2005
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    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Bueno, lo que esta claro es que tu tienes autorizada una instalación de X potencia nominal con Z módulos fotovoltaicos de tal tipo etc etc.

    Si modificas debes notificar a industria esta modificación, y debe ser ésta la que evalue si esa modificación es "sustancial" o no, si se estima que es una modificación sustancial dará origen a un nuevo acta de puesta en marcha, y por ende a un nuevo régimen retributivo.

    El RD 661/2007 (que no olvidemos sigue vigente excepto en nlo referente a régimen económico) dice en su artículo 4.3:

    "Se entiende por modificación sustancial de una
    instalación preexistente las sustituciones de los equipos
    principales como las calderas, motores, turbinas hidráulicas,
    de vapor, eólicas o de gas, alternadores y transformadores,
    cuando se acredite que la inversión de la modificación
    parcial o global que se realiza supera el 50 por ciento
    de la inversión total de la planta, valorada con criterio de
    reposición. La modificación sustancial dará origen a una
    nueva fecha de puesta en servicio a los efectos del capítulo
    IV."

    Y ¡OJO! Valorada con criterio de reposición, es decir que en principio NO se puede.

    Ahora, hemos una consulta en Valladolid para el caso, por ejemplo, de que un fabricante hubiese entregado unos módulos de menor potencia que la que deberian, y si que nos dejan aumentar un poco (y digo un poco, no 40 kW) la potencia pico, y siempre justificándolo.

    Pero claro, en caso de avería, como dice MDSOL, está claramente dentro del criterio de reposición, ahí si que podrias aumentar la potencia a tope sin pasarse del 50% del coste total de la planta claro. ahora alguno estará deseando que caiga una granizada, jejeje.

  5. #5
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    24

    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    La CNE ha tratado hace poco este tema, y a su juicio (dejando siempre claro que la última palabra la tienen los órganos competentes de la comunidad autónoma en la que radique la instalación), un incremento de la potencia pico de la instalación que no altere la nominal no debería ser considerada como modificación sustancial, por lo que no se alteraría el régimen económico y jurídico de la planta (no sería necesaria un nuevo acta de puesta en marcha), todo ello sin perjuicio de la necesidad de obtener autorización para esta modificación, si así lo exigiera la normativa autonómica correspondiente.

    CNE - Comisión Nacional de Energía - Últimos informes CNE

    Un saludo.

  6. #6
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    nov 2007
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    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Bueno Santa, sentémonos un momento, habla con tus clientes y te ofrezco un pack.....dime cuantos módulos hay que joderles y le vendemos los de reposición a buen precio....
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  7. #7
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    ene 2008
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    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Vamos, que si te he entendido, habría que presentar el proyecto de BT y certificados de instaldor pero ello no conllevaria una nueva puesta en marcha. Hmmm...

    No obstante veo dos cosas:

    - La CNE permite entre el 5% y el 10% de aumento para compensar las pérdidas del PR en el lado de continua (lógico, por si la instalación no estaba diseñada ya así), no considerándolo modificación sustancial. ¿Y si amplio más? La respeusta me parece lógica, me dirian de preparar una nueva puesta en marcha, por lo que no la legalizo. ¿Y cuando mi factura sea un 30% superior a lo que debería?

    - Dice que la respuesta está realmente en Industria de la Comunidad Autonoma. Voy a preguntar en La Rioja a ver si me dicen algo.


    Y amigo MDOSOl, ya puestos a reponer, más que romperselos, desconecto las microondas y me lelvo unos cuantos kWp.


    Yo sigo viendo más viable colocar un inversor de 100kWn que me permita muchos kWp (aunque no se cuál serán los límites que tengan del mercado más gnrades en este aspecto)...
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  8. #8
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    ene 2006
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    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Y ya rizando el rizo,si hubiera que sustituir TODOS los paneles por ser defectuosos,por baja producción,por un granizo,o por cualquier tipo de siniestro,se podría hacer o habria que hacer un nuevo proyecto?.Le ha pasado a alguien?.

  9. #9
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    ene 2008
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    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Interesante tema, propuesto por Santaklaus. Parece que en principio no habria problema en colocar unos pocos modulos más . Pero el caso que yo me planteo es el contrario.

    Creo que lo que voy a plantear es imposible, pero he consulado a un tecnico y me ha dicho que podria hacerse¿?..

    Si tengo una instalación con una determinada potencia nominal, marcada por los inversores, supongamos que de 2,5 kwn y me están dando bastantes problemas y deseo cambiarlos y no encuentro en el mercado ningún inversor de esa potencia que se ajuste a las caracteristicas de mi configuración. ¿Podria irme a un inversor un poco más grande, pongamos de 2.7 o 2.8 kwn?. El me ha dicho que mientras que no sobrepase la inyeccion a red el nominal no tendria problema.

    Creo que esto no es asi , pero si llevara razón.. ¿Podria haber alguna forma de limitar mi inyeccion a red de modo que no sobrepase mi nominal y asi no tener problemas legales?.

    Esto me ha surgido, por que tengo una instalacion de 75 kwn, 91,2 kwp y nunca alcanzo en lectura de contador valores que se acerquen a esos 75 kwn. Lo normal en un dia bueno es producir a la hora entre 64 y 67 kwh cada hora, pero casi siempre con sol y calor estan sobre 61- 64 kwh a la hora. Yo creo que con la potencia pico de más que tengo, deberia estar mas cerca de la nominal. ¿Que os parece?.

    Os agradeceria un montón que me dierais vuestra opinión.

    Un saludo.,

  10. #10
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    ene 2006
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    Predeterminado Respuesta: Ampliación de potencia en campo solar pero no en inversores

    Si tal como dice la CNE, un aumento de hasta un 10% en kWp no se considera una modificación sustancial, solo se tendria que comunicar la modificación a la Oficina Gestora de Aduanas e Impuestos Especiales (o como se llame) de tu provincia...vaya, el mismo lugar en el que hicistes todos los trámites cuando solicitaste el alta en el CAE.

    Santa, estoy en las mismas:
    Instalamos unos paneles que no llegan a la producción teórica (-5%) y ahora, el distribuidor nos compensa con más paneles.
    Puestos a hacer una ampliación, he pensado instalar estos paneles y unos pocos más para pasar de un sobredimensionado de 12% al 22%

    De momento, he preguntado en Aduanas y parece que son ellos los que se encargan de registrar la modificación....de momento me piden el CAE. Seguiré informando.

    Rosendo, cuando terminé de legalizar una planta de 90kWn, me llegaron inversores por un total de 91,5kWn. Comenté el problema en la delegación de Energía de mi provincia y presentando una instancia indicando la modificación de las caractaristicas técnicas de los inversores se solucionó sin más.

    Salut

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