Sabemos que las instalaciones fotovoltaicas de potencia nominal no superior a 5 kW pueden ser monofásicas; las que no superen los 10 kW no necesitan proyecto de ingeniero; para las que superen los 15 kW es obligatorio el sistema de telemedida y la previsión de producción; para las que rebasen los 20 kW, y no sean en suelo, la fianza pasa de 50 € /kWp a 500 € /kWp; las que superen los 25 kW necesitan en Andalucía inspección previa antes de su puesta en marcha, a manos de un organismo de control, y además inspecciones periódicas, que también cuestan dinero.
Digo esto, porque si elegimos una instalación de 15 kW, vemos que debe ser trifásica y con proyecto, pero no necesita ni la previsión de producción, ni la telemedida, y, sin embargo, si nos decidimos por una de 20 kW, debe ser como la anterior, y, además, las previsiones y la telemedida.
Y la pregunta que os hago es: ¿ Merece la pena por 5 kW más, complicarse con la previsión de producción y con la telemedida ? ¿ El coste del servicio de los agentes comercializadores es aceptable incluso en este caso ?
Y más directamente: ¿ Podría alguien indicar qué agentes conoce y qué dinero perciben estos por su servicio ?
Lo que pienso es que a la vista del coste del servicio de estos agentes, es cuando verdaderamente se puede uno decidir por una instalación de 15 kW o de 20 kW, o incluso por una 10 kW y se ahorra entonces el proyecto.
Un saludo.


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