Respuesta: Respuesta frente a huecos de tension - REE
Buenas MrSol,
En el RD/1578 en su artículo 13 indica que, mediante Orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio (MITyC), se establecerán requisitos técnicos y de calidad de las instalaciones fotovoltaicas para contribuir a la seguridad de suministro, lo que incluye la obligación de soportar los huecos de tensión (sin desconectar la instalación). También indica que obligará a cumplir ciertos requisitos a todas las instalaciones fotovoltaicas futuras y existentes permitiendo que estas últimas tengan un tiempo transitorio de adaptación.
Al igual que el operador del sistema obligó a la eólica mediante el Procedimiento de Operación P.O. 12.3 a establecer unos valores para soportar los huecos de tensión se aplicará también a la tecnología fotovoltaica. De hecho será condición indispensable para percibir tarifa fotovoltaica que las instalaciones soporten los huecos de tensión. Está explicitado en el artículo 13 del RD/1578.
Es más, por la información que he manejado, otros condicionantes técnicos y de calidad de las instalaciones fotovoltaicas, van a exigir el cumplimiento obligatorio de normativas a los módulos fotovoltaicos y resto de componentes de las instalaciones (no solo a los inversores).
Se estima que el precio de los inversores para poder adaptarse a los condicionantes técnicos suba alrededor de un 6%. Para el resto de elementos, como por ejemplo estructuras, no tengo referencias.
Las propuestas del operador del sistema que comienzan a verse reflejadas (no sólo para la fotovoltaica sino para todas las tecnologías renovables con perspectivas de penetración masiva en la red) en el borrador de propuesta de nuevo Procedimiento Operativo P.O.12.2 del Operador del Sistema al sector eólico y al fotovoltaico.
El lado positivo de todo esto es que a la fotovoltaica ya se comienza a considerar tecnología de penetración masiva. Al final todo terminará en la gestionabilidad de la energía.
Saludos...
No hay nada peor en la vida que perderla por miedo a vivirla.