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hola a todos, para preinscribir una instalación me piden un contrato de suministro de módulos (Atendiendo al apartado 2 del artículo 7 del Decreto 50/2008 de la Junta de Andalucía, modelo de contrato de suministro de los módulos fotovoltaicos condicionado a la obtención de la preasignación de retribución conforme al R.D. 1578/2008) teneis alguno que hayais entregado? puede el fabricante exigirme el compromiso de la compra de los módulos si mi instalación es prescrita? es decir, el fabricante me entrega ese contrato pero si yo le compro los módulos. Obviamente este contrato tendría una clausula dandole validez solo si es inscrita, pero y si cuando salga el registro hay mejores precios, puedo estar obligado a no poder cambiar de fabricante? a ver que podeis decirme. saludos. |
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Buenas: Te aconsejo que llames al Call center de la consejería de Innovación, vamos al 9021133000, unos de los técnicos te dirá lo que tienes que hacer, si no es en el momento te llaman para resolver tu consulta. Por mi experiencia, han sido muy amables.O he tenido mucha suerte. No puedo resolver tu duda respecto al contrato de suministro de módulos. Un saludo. |
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Con el PREFO actual, y la cola que hay para suelo, es una solemne sandez pedir un contrato de suministro de módulos, pues vete a saber cuando la construyes, que precios hay entonces y si sigue todavía viva la empresa fabricante de los mismos. Para garantías ya están los avales, el pago de los proyectos, el pago de la Licencia de Obras y demás "Bagatelas" Estos requisitos son "restos" del anterior decreto que las Administraciones Públicas que lo exigían (afortunadamente no son todas) deberían haber suprimido con el nuevo pero dada su bajísima eficacia ¡ni por esas! |
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| Cita:
Me he informado y lo que me han comentado es que se haría un escrito informando el cambio. Espero que te sirva. un saludo. |
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Reedito el post. ¿sigue el asunto igual? Coincido en que es una sandez se mire por donde se mire sobre todo sin saber sí estás preasignado. Me interesaría conocer qué obligaciones implican ese contrato y si sigue existiendo la carta de intención de la que habla Wolf Land. Otra curiosidad que me asalta es cómo se puede resolver el contrato de suministro sí se tiene firmado un ERP (llave en mano) con una instaladora. Una empresa fabricante me pide el 5% aunque no lo he luchado aún. Saludos. |
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Andalucia va a modificar su Decreto (el Decreto 50 ) y va a quitar el requisito de que haya que presentar el contrato de compraventa de módulos, osea que ahora lo pide pero dentro de poco ya no lo pediran. Este borrador lo tenia colgada la Consejeria en su tablón de anuncios porque estaba puesto en información publica.
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