La energía solar no es una energía alternativa: es la energía.
Hermann Scheer

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Tema: RD 1578 y CTE

  1. #1
    Fecha de ingreso
    abr 2008
    Ubicación
    España
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    46

    Predeterminado RD 1578 y CTE

    Hola, tengo una pregunta algo boba pero resulta que no habia caido en ello hasta ahora.

    EL CTE obliga a la instalaciones de FV en todos los edificios "grandes" que se construyan. Mi pregunta es: ¿deben de someterse tambien a las reglas de registro de preasignación? Entiendo que si quieren cobrar la tarifa deberan hacerlo, pero no deja de ser paradogijo que te obligen a instalar PV pero haya que someterse al toston burocratico del 1578...

    ¿Alguna opinion?

    Un saludo

  2. #2
    Fecha de ingreso
    mar 2009
    Ubicación
    Tarragona
    Mensajes
    8

    Predeterminado Respuesta: RD 1578 y CTE

    Yo la interpretacion que le daba es que es para consumo propio

  3. #3
    Fecha de ingreso
    sep 2005
    Ubicación
    Valencia-Alicante
    Mensajes
    1,462

    Predeterminado Respuesta: RD 1578 y CTE

    Lo que yo interpreto es que si quieres tener una remuneración de esos Kwh "obligados" tienes que pasar por el RD 1578. Si no quieres pasar por esos trámites, puedes vender a precio de mercado.

    De lo que no te escapas es de instalar FV, si te toca por el CTE. Aunque creo que puedes instalar otro sistema de ahorro de energía y evitar la FV.

    Saludos,
    "Si se está sometido a un engaño demasiado tiempo, se tiende a rechazar cualquier prueba de que es un engaño. Encontrar la verdad deja de interesarnos. El engaño nos ha engullido.
    Simplemente, es demasiado doloroso reconocer, incluso ante nosotros mismos, que hemos caído en el engaño. En cuanto se da poder a un charlatán sobre uno mismo, casi nunca se puede recuperar."

    Carl Sagan, El mundo y sus demonios.

  4. #4
    Fecha de ingreso
    abr 2008
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    España
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    46

    Predeterminado Respuesta: RD 1578 y CTE

    Gracias a los dos por vuestras respuestas.

    El CTE dice que se puede instalar FV tanto para autoconsumo como para suministro a la red. Pero la obligación a seguir los procedimientos del RD 1578 es una faena, ya que lo suyo es construir el edificio sabiendo cuando mas o menos puedes construir la FV, para no tener problemas ni con los retenes ni con las fechas de entrega...por suerte no tengo que ver con la construccion pero es verdaderamente increible que se apoye a la FV integrada en edificios y se tenga que hacer asi. Logicamente los constructores trataran de saltarse el tema de la obligatoriedad de la FV...y con algo de razon.


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