Respuesta: CAMBIO DE TIPO FIJO A SEGUIDOR
El RD 1578 no determina que sea la instalación fija o con seguidor.
Si que lo has de detallar en la solicitud del punto de conexión, pero creo que su objeto es más poder controlar que la energía evacuada es una u otra, que a efectos de cumplimiento de normativas.
Lo de la energía que vas a evacuar no es un problema, si en las predicciones se es conservador (muy habitual), un buen año (como pudo ser 2007) nosotros tuvimos instalaciones con un +11% de producción. No creo que ese dato deba preocuparte ni que Iberdrola haga nada al respecto.
Adelante con esos seguidores!
Dame castidad y dame constancia, pero no me las des aún