Respuesta: LISTADO PROVISIONAL 3 CONVOCATORIA
Si te refieres a las instalaciones menores de 100Kw tiene su explicación:
"ANEXO III del RD 1578
...
2. Hasta el 30 de abril de 2009, para las instalaciones
de potencia igual o inferior a 100 kW, no será necesaria la
presentación de la Autorización administrativa de la instalación,
otorgada por el órgano competente, y en su lugar
se presentará la concesión del acceso y conexión a la red
de transporte o distribución correspondiente.
... "
Si son de potencia superior .... sí tenían (y tienen) obligación de presentarla.
Saludos,
"Si se está sometido a un engaño demasiado tiempo, se tiende a rechazar cualquier prueba de que es un engaño. Encontrar la verdad deja de interesarnos. El engaño nos ha engullido.
Simplemente, es demasiado doloroso reconocer, incluso ante nosotros mismos, que hemos caído en el engaño. En cuanto se da poder a un charlatán sobre uno mismo, casi nunca se puede recuperar."
Carl Sagan, El mundo y sus demonios.