Ir a Solarweb.net - Energía Solar


Solarweb.net Directorio de empresas Agenda Empleo y formación Anuncios clasificados Directorio de enlaces
Retroceder   Foros de energía solar > Energía solar > Fotovoltaica. Sistemas conexión a red > Aspectos económicos, legales y administrativos


Aspectos económicos, legales y administrativos Foro para la discusión de legislación, estudios de rentabilidad, financiación, pólizas de seguros, trámites ante administración o compañias eléctricas, etc. Siempre relativo a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red.

Respuesta
 
LinkBack (10) Herramientas Desplegado
  #81 (permalink)  
Antiguo 28-feb-2009
Avatar de Asterix
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: julio-08
Ubicación: Alicante
Mensajes: 725
Asterix es todo un crack de la energía solarAsterix es todo un crack de la energía solarAsterix es todo un crack de la energía solarAsterix es todo un crack de la energía solar
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

Cita:
Iniciado por wassup Ver Mensaje
¿No habíamos quedado que no importaba si la instalación estaba en un tejado o en el suelo?

...

Un gran trabajo Asterix.
Y no importa. El tema tejado/suelo es un mero tecnicismo porque me dí cuenta de que los grupos 3.4 y 3.5 no estaban bien definido si aceptamos los límites máximos de 2 y 10 MW para tejado y suelo, respectivamente.

El cambio es tan solo para dejar claro que el subgrupo 3.4 tiene dos límites superiores : 2 MW para tejados y 5 MW para suelo.

Obviamente, el subgrupo 3.5 solo es aplicable al suelo.

ES TAN SOLO UN TEMA DE TAMAÑOS Y LIMITES MAXIMOS DE INSTALACION.

Gracias por el halago. Yo lo hago extensible a todos los que habéis participado.
Responder Citando
  #82 (permalink)  
Antiguo 01-mar-2009
Avatar de jor-sol
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: septiembre-05
Ubicación: Valencia-Alicante
Mensajes: 1.315
jor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este foro
Predeterminado ui

Pues yo sigo con mi cruzada contra la referencia catastral.

Acabo de estudiar otro caso en un polígono industrial en el que la parcela tiene unas 23 naves (empresas) distintas. Tenemos que averiguar cuantas han solicitado o disponen de una instalación para saber qué régimen económico se les aplica?

Aquí hay algo que falla. Quizá habría que excluir los polígos insdustriales de la restricción de la referencia catastral. O quizá valdría justificar la fecha de creación de la empresa o la vinculación con sus colindantes. No sé, algo para evitar que un mismo propietario haga subdivisiones de la cubierta para acogerse a una prima mayor pero sin perjudicar a los legítimos propietarios de naves que no tienen nada que ver con su vecino y que quieren instalar su propia y privada instalació en su cubierta.

En fin, digo esto porque ya llevo 2 de 2 casos en esta situación aparentemente extraña pero por lo que veo es bastante común en lo polígonos industriales.

Saludos,
__________________
"El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones" (Sir Francis Bacon)
Responder Citando
  #83 (permalink)  
Antiguo 01-mar-2009
Avatar de Asterix
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: julio-08
Ubicación: Alicante
Mensajes: 725
Asterix es todo un crack de la energía solarAsterix es todo un crack de la energía solarAsterix es todo un crack de la energía solarAsterix es todo un crack de la energía solar
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

Las referencias catastrales de los polígonos industriales suelen ser urbanas, ¿no es así? Pues sencillo, podemos hacer la excepción en la catastral urbana y para instalaciones del subgrupo 3.1 a 3.3.

¿Qué os parece?
Responder Citando
  #84 (permalink)  
Antiguo 01-mar-2009
Avatar de jor-sol
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: septiembre-05
Ubicación: Valencia-Alicante
Mensajes: 1.315
jor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este foro
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

No lo veo como la solución definitiva porque entonces se estaría permitiendo dividir P.e. una instalación de 60Kw sobre cubierta, en 3 de 20 para acogerse a la tarifa máxima.

Tiene que haber algo que distinga sin lugar a dudas que se trata de una instalaciones legítimas sin afán de buscar la máxima tarifa. Quizá con las escrituras, o con la división horizontal o algo urbanístico que sea fácil aportar y que demuestra la titularidad de la instalación.

Mientras escribo esto se me ocurre que la combinación de referencia catastral con las escrituras de la nave sería suficiente para distinguir si se trata de un tejado particionado o varios tejados distintos.

No sé, algo así.

Saludos,
__________________
"El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones" (Sir Francis Bacon)
Responder Citando
  #85 (permalink)  
Antiguo 03-mar-2009
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: enero-09
Ubicación: Toledo
Mensajes: 193
wassup se está empezando a ganar el aprecio del foro
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

Cita:
Iniciado por jor-sol Ver Mensaje
...Mientras escribo esto se me ocurre que la combinación de referencia catastral con las escrituras de la nave sería suficiente para distinguir si se trata de un tejado particionado o varios tejados distintos...
¿Y si tienes alquilada la cubierta? Podrías presentar el contrato de alquiler, pero vamos, que la cosa se va liando.

Entonces, a ver si me aclaro: Lo que dices es que si yo tengo una cubierta grande, puedo montar mi instalación de 20 Kw, y alquilar el resto
Responder Citando
  #86 (permalink)  
Antiguo 04-mar-2009
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: marzo-09
Ubicación: nicaragua
Mensajes: 1
danielperez acaba de empezar como quién dice
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

antes de opinar debo leer completamente el texto definitivo
Responder Citando
  #87 (permalink)  
Antiguo 04-mar-2009
Avatar de jor-sol
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: septiembre-05
Ubicación: Valencia-Alicante
Mensajes: 1.315
jor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este foro
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

Cita:
Iniciado por wassup Ver Mensaje
Entonces, a ver si me aclaro: Lo que dices es que si yo tengo una cubierta grande, puedo montar mi instalación de 20 Kw, y alquilar el resto
Eso lo puedes hacer desde siempre. El tema es el régimen económico que te aplicarán a tí y al resto.

Según el supuesto que planteas, si tu instalación es la primera deberían pagarte a 0,34 y las siguientes (las que se instalen en la parte alquilada) a 0,32 porque en la misma referencia catastral habría más de 20Kw.
Entiendo que deberán ser proyectos distintos y en distinto momento.

Eso es lo que no está claro. Si en la misma referencia catastral hay varios proyectos de 20Kw o de 15Kw de distintos titulares, ¿se pagan a 0,34 todos? ¿se paga el primero que se presente a 0,34 y los otros a 0,32? ¿qué hito marca la diferencia entre considerar una sóla instalación a efectos de régimen económico (no de convocatoria) o varias instalaciones independientes?

Y, además, en el caso que tú planteas de instalar una y alquilar el resto, lo tienes relativamente controlado, pero cuando hablamos de los 14 primeros dígitos de la ref.catastral puede ser tranquilamente todas las naves de un polígono industrial o por lo menos, una manzana del polígono. Si tu vas a instalar 15 Kw en una nave concreta ... ¿qué le dices a tu cliente que va a cobrar 0,32 o 0,34? ¿como sabes que no hay otro proyecto en marcha, de la potencia que sea, que va a hacer que tu instalación vaya a 0,32 por tener la misma ref.catastral?

Eso es lo que digo que falla por algún lado y no depende del cliente, sino de los vecinos que nada tienen que ver con él.

Si el sentido es que no se particionen instalaciones en trozos de 20Kw para obtener mejor rentabilidad, bastaría con distinguir la titularidad de la nave en cuestión (no del propietario de la instalación), independientemente de la ref.castastral.

En tu caso, todo debería ir a 0,32 porque es en la misma nave pero si tu vecino se instala 20Kw deberían ir a 0,34 porque nada tiene que ver contigo y sin embargo, los 14 dígitos de la ref.catastral serán los mismos.

VAYA LADRILLO !! lo siento.

Saludos,
__________________
"El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones" (Sir Francis Bacon)

Última edición por solarweb; 04-mar-2009 a las 21:10 Razón: Arreglar texto citado
Responder Citando
  #88 (permalink)  
Antiguo 05-mar-2009
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: enero-09
Ubicación: Toledo
Mensajes: 193
wassup se está empezando a ganar el aprecio del foro
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

Al revés no es ningún tocho, es bastante ilustrativo.

Lo que me quieres decir es que no se han dividido las parcelas y que en la misma parcela hay distintas naves ¿y como se apañan para pagar el IBI? ¿harán un pago conjunto?

Creo que la solución pasaría por ahí, dividir las parcelas cada una para su correspondiente nave.
Responder Citando
  #89 (permalink)  
Antiguo 05-mar-2009
Avatar de jor-sol
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: septiembre-05
Ubicación: Valencia-Alicante
Mensajes: 1.315
jor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este foro
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

La referencia catastral de las naves de un polígono tiene 20 dígitos.
Los 14 primeros identifican hasta la parcela y los 6 siguientes las distintas subparcelas o divisiones horizontales.

Por lo tanto a efectos tributarios, se utilizan los 20 dígitos siendo perfectamente identificada la nave en cuestión.

El tema es que los 14 primeros dígitos "sólo" llegan hasta la parcela.
__________________
"El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones" (Sir Francis Bacon)
Responder Citando
  #90 (permalink)  
Antiguo 05-mar-2009
Avatar de jor-sol
Miembro del foro
 
Fecha de Ingreso: septiembre-05
Ubicación: Valencia-Alicante
Mensajes: 1.315
jor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este forojor-sol sus aportaciones son muy valoradas en este foro
Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

He encontrado la explicación de los dígitos de la ref.catastral. La pego aquí para apoyar mi explicación anterior:

I. ¿Qué es la Referencia catastral?:

La Referencia Catastral es el código de identificación de los bienes inmuebles.

Cada bien inmueble tiene asignada una referencia catastral que permite situarlo inequívocamente en la cartografía oficial del Catastro. Está compuesta de veinte caracteres (números y letras) tanto para los inmuebles rústicos como para los urbanos, aunque presenta algunas diferencias.
  • La referencia catastral de los bienes inmuebles urbanos.
    La referencia catastral de los bienes inmuebles urbanos consta de veinte caracteres. De los veinte caracteres, los siete primeros identifican la finca o parcela, los siete siguientes indican la hoja de plano donde se ubica, los cuatro siguientes identifican el piso o local dentro de la finca y, finalmente, los dos últimos son caracteres de control que permiten conocer si los dieciocho anteriores son correctos, impidiendo (o detectando) errores de grabación

  • La referencia catastral de los bienes inmuebles rústicos.
    La estructura de la referencia catastral de rústica se ha modificado, y a partir de 1 de Enero de 2003, los veinte caracteres corresponden a lo siguiente: los dos primeros identifican a la provincia, los tres siguientes el municipio, el siguiente es el carácter que corresponde al sector, que señala el agregado o zona de concentración parcelaria (en su caso), los tres siguientes identifican el polígono (el término municipal se divide en polígonos), los cuatro siguientes identifican la parcela dentro del polígono correspondiente, los siguientes cuatro caracteres permitirán detectar o identificar las construcciones existentes dentro de la parcela (transitoriamente sin uso) y, finalmente, los dos últimos son caracteres de control que cumplen idéntico cometido al señalado en los inmuebles urbanos

__________________
"El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones" (Sir Francis Bacon)
Responder Citando
Respuesta

Marcadores

Etiquetas
definitivo, normativa, reforma, texto


Herramientas
Desplegado

Normas de Publicación
No puedes crear nuevos temas
No puedes responder mensajes
No puedes subir archivos adjuntos
No puedes editar tus mensajes

Los Códigos BB están Activado
Las Caritas están Activado
[IMG] está Activado
El Código HTML está Desactivado
Trackbacks are Activado
Pingbacks are Activado
Refbacks are Activado


LinkBacks (?)
LinkBack to this Thread: http://www.solarweb.net/forosolar/aspectos-economicos-legales-administrativos/12736-texto-definitivo-reforma-normativa.html
Escrito Por For Type Fecha Hits
IngenierosIndustriales.com This thread Refback 19-oct-2009 08:15 1
www.ingenierosindustriales.com Blog de Ingeniera This thread Refback 15-oct-2009 18:19 7
Fotovoltaica | IngenierosIndustriales.com This thread Refback 07-jul-2009 18:04 5
http://www.ingenierosindustriales.com Blog de Ingeniería Industrial - Part 2 This thread Refback 24-may-2009 11:51 1
http://www.ingenierosindustriales.com Blog de Ingeniería Industrial This thread Refback 27-abr-2009 19:38 1
2009 Febrero | IngenierosIndustriales.com This thread Refback 04-abr-2009 01:04 1
Normativa | IngenierosIndustriales.com This thread Refback 29-mar-2009 18:58 2
Instalaciones Fotovoltaicas | IngenierosIndustriales.com This thread Refback 19-mar-2009 20:04 11
Innovacion Renovable This thread Refback 28-feb-2009 11:37 1
Blog de Ingeniera This thread Pingback 13-feb-2009 16:33 1


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 21:02.


Desarrollado por: vBulletin® Versión 3.8.6
Derechos de Autor ©2000 - 2010, Jelsoft Enterprises Ltd.
Traducido por mcloud de vBhispano.com
Foro administrado y hospedado por Solarweb.net

Mapa del sitio
Top Solar
Photovoltaic, Solar Energy - European Top 100 Solar

Search Engine Optimization by vBSEO 3.3.2

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15