Hola,
Supongamos que quiero producir energía con planta FV y sé que mis inversores van a sacar un total de potencia de 98 kW NOMINAL. Me parece entender, que el contrato con la CIA. es para potencias nominales y entiendo que para el RD 661 (anterior) la tarifa más primada exigia una potencia nominal de menos o igual a 100 kW. Qué pasaría si en esa situación (con el RD 661) mi planta generara 110 kW por algún motivo? (por ejemplo que los inversores o algunos dieran su potencia máxima de salida).
Quiero saber si este escenario supone simplemente el que yo regalo a la CIA lo que exceda de 98 kW de mi contrato o que ellos me pueden contar por incumplimiento del mismo.
Saludos


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