Buenos tardes a todos, he estado ojeando los links relativos a la necesidad o no de presentar un aval para instalaciones FV sobre cubierta. Paralelamente me he informado en Iberdrola al respecto. Como el tema es peliagudo, me gustaria compartirlo con vosotros para que esté todo claro.El aval es necesario para las plantas FV sobre cubierta. Eso está 100 % claro. Por otro lado, la cuestión es cuando se debe presentar. En Valencia con Iberdrola no es necesario presentarlo antes de realizar la solicitud de pto de conexión. Lógicamente, eso debería ser válido en cualquier parte del territorio nacional y con cualquier distribuidora. Sin embargo, por poner un ejemplo, en Andalucía el Decreto 50/2008 dice que el aval debe presentarse antes de la solicitud del pto de conexión...es esto correcto? Lo necesito para realizar una planta FV sobre tejado en Málaga y en Canarias con Endesa, y la verdad es que no he encontrado mucha informacion al respecto.Gracias y un saludo


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