Cita:
Iniciado por farfolla ¿Alguien sabe si es obligatorio el nuevo sistema de telemedida en una planta de 7,5 kwp que está dentro de un huerto solar de 2 Mw? |
Este tema esta regulado por el
RD1110-2007 y en el se especifica que
las instalaciones no superiores a 15 kW no necesitan contador con telemedidada (de momento, pero esto cambiara en el 2012). No obstante las agrupaciones de muchas instalaciones (huertas) si que superan este limite de 15 kW y por tanto si que tienen que tener telemedida en el contador general.
Asi pues, tu instalacion individual por ahora no necesita un contador con telemedida y por cierto la potencia pico de los paneles ("kwp") no cuenta si no lo que importa es la potencia nominal de los inversores; por ejemplo, hay instalaciones con 18.72 kWp que tampoco necesitan contador con telemedida, por tener tres inversores de 5 kW.
Cita:
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Os lo comento porque me han llegado noticias de que la empresa que gestiona el parque (juntamente con Iberdrola y como solución a las lecturas por telemedida)pretenden hacer una lectura general de los kwh producidos en el parque y para facturar realizar un reparto según la potencia de cada instalación.Farfolla
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Esto tambien lo han pensado otros promotores (como por ejemplo Acciona), pero lo que yo he oido iria para la gestion de los pagos de acuerdo al nuevo Representante ante OMEL.
Saludos.