Por favor necesito saber si es posible retirar el aval de una instalación de suelo presentado con el anterior decreto sin haber presentado ninguna solicitud de inscripción con este decreto nuevo. Gracias
Por favor necesito saber si es posible retirar el aval de una instalación de suelo presentado con el anterior decreto sin haber presentado ninguna solicitud de inscripción con este decreto nuevo. Gracias
Todo lo que necesitas saber está en la Disposición Adicional Tercera del R.D. 1578/2008.
Saludos camaradas...![]()
Dicha disposición dice:
"Disposición adicional tercera.Devolución del aval contemplado
en los artículos 59 bis y 66 bis del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
A los efectos de lo establecido en los artículos 59 bis y
66 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la
entrada en vigor del presente real decreto se considerará
razón suficiente para la devolución del aval, siempre que
no hubiera presentado solicitud de inscripción en el registro
de preasignación de retribución...."
Saludos,
"Si se está sometido a un engaño demasiado tiempo, se tiende a rechazar cualquier prueba de que es un engaño. Encontrar la verdad deja de interesarnos. El engaño nos ha engullido.
Simplemente, es demasiado doloroso reconocer, incluso ante nosotros mismos, que hemos caído en el engaño. En cuanto se da poder a un charlatán sobre uno mismo, casi nunca se puede recuperar."
Carl Sagan, El mundo y sus demonios.
Gracias por vuestra respuesta, yo había leido en el apartado de avales que se podía retirar una vez presentada la solicitud en el cupo y pidiendo la cancelación de dicha solicitud, por eso era mi pregunta pero me lo habeis aclarado de nuevo gracias.
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