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| Aspectos económicos, legales y administrativos Foro para la discusión de legislación, estudios de rentabilidad, financiación, pólizas de seguros, trámites ante administración o compañias eléctricas, etc. Siempre relativo a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red. |
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| Cita:
El Presidente del equipo, tras un concienzudo análisis, pensó el año pasado que su delantero era tan bueno y ellos tan chulos que en vez de pagarte 5000€ le aumentaría el IPC y le pagaría 5500€. Además firmó como cláusula que cuando marcara más de 50 goles su contrato expiraría al año de marcar el último. El delantero, de familia humilde y pecando de novato, se dejó aconsejar por su padre (que creía que sabía mucho de esto) y aceptó el contrato con una sonrisa Profiden. ¿Qué ocurrió?, lo normal. El delantero al ver incrementado su sueldo se hinchó a hacer goles y a los 3 meses ya había marcado 50 (un crack el tío) y era casi pichichi mundial. El Presidente, tras un año de concienzudo análisis claro está, rehizo sus números y, como suspendió primero de contabilidad y gimnasia, pensó que las cuentas del club no le cuadraban y al ver que otros jugadores se quejaban y no entendían por qué ese delantero cobraba tanto (claro, los otros jugadores no saben cuánto les hace ganar), decidió quitarse la presión de encima y echarle la culpa de su situación económica y rebajarle el sueldo al delantero, que seguro que tiraba pa'lante... y además, por si acaso seguía metiendo goles, le dice que a partir del gol 50 ya no cobra ni un euro más. Y ahora el delantero se siente engañado, jodido y marginado. Se gastó los beneficios invirtiendo en calzado, en material de entrenamiento y en personal técnico propio (para seguir mejorando en goles) y ahora no le va a llegar ni para pipas. A su padre (que no era tan listo) le han crecido los enanos en el seno familiar. Tanto que su mujer, la que realmente llevaba los pantalones en casa y la empresa familiar, ya le ha puesto los cuernos y se está intentando liar con el Presidente del club. Ellas son siempre más listas. Al final parece que ha conseguido que a su hijo le paguen los goles que va a meter hasta final de año, pero a precio de ganga. Qué ocurrirá? No se sabe. Pero como al delantero no le paguen lo suficiente, ya sabemos cómo son estos ases del fútbol, goles NI UNO. |
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O dicho de otro modo ... a buscarme la vida en otras cosas. Hasta hace nada me dedicaba a diseñar, montar, gestionar pequeñas instalaciones de 5-10 Kwp a particulares... con la nueva tarifa no puedo seguir si no es con esos módulos que el señor sebastian va a conseguir a 1,5€/Wp (de alta eficiencia-garantía-tecnología, claro está) así que lo dicho.... a otra cosa mariposa..... |
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Hola gente! Tengo una pequeña duda, haber si me podeis ayudar. A la vista de los requisitos para la pre-asignación, tienes que tener ya listo todo sin saber en que convocatoria vas entrar???? Gracias |
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Correcto. Es exactamente así, eizinho. Y ese es el principal problema de este RD, por encima de las primas. Eso y el cupo, que viene ligado lo uno a lo otro. |
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Una duda, ¿alguien sabe si el último borrador tiene carácter retroactivo? Fuera de coñas y aunque estamos dando vueltas sólo a un borrador... el penúltimo borrador decía en el artículo 3, (a.2) "que la suma de los consumos de los contratos de suministro asociados sea al menos igual al 50% de la energía producida por la instalación en cómputo anual". Y era una limitación preocupante. En el nuevo no se dice nada. Y añadido a lo que dice Quinto, que quedan excluidas las explotaciones ganaderas (si el propietario quiere poner fotovoltaica se va a tener que ir a vivir a la granja) hay otros dos puntos que me parecen vergonzosos: En el artículo 11, punto 3 lo de "...se podrá incrementar, mediante Resolución de la Secretaría General de Energía, la tarifa..." ¿se podrá?... gracias por la concreción. Y el remate es la disposición final segunda "...Se autoriza al Ministro de Industria, Comercio y Turismo a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto y para modificar el contenido de los anexos II, III y IV cuando..." ¿cuando sus antojos lo soliciten? no termina así pero esa puede ser la lectura. ¿Esta disposición es legal?. Y aunque fuera legal ¿no es absurdo redactar un RD con esta disposición final segunda?. Esperemos que esta disposición pase desapercibida en los bancos porque si no, o les convencemos de que donde dice "Dictar cuantas disposiciones sean necesarias" no entra el artículo 11 punto 6 "la tarifa regulada que le sea de aplicación a una instalación se mantendrá 25 años", o este es el remate de la jugada. "jaque mate". |
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| 11, borrador, discusión, septiembre |
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