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patxi22 acaba de empezar como quién dice
Post Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

Espero no llegar demasiado tarde a este debate, pero me apunte ayer (13/08/2009) al foro.

Totalmente de acuerdo con Carles. El límite del 120% penaliza la producción FV. Normalmente las instalaciones no aisladas en tejados son las MAS CERCANAS a los puntos de consumos (núcleos urbanos o polígonos/complejos industriales) por lo que merecen un gran apoyo.
Los tejados de los ciudadanos de "a pie" que generen ingresos por producción FV, deberían se una forma de distribución de la monetarización de la riqueza energética solar entre todos los ciudadanos y no solo entre los empresarios de la FV. Es fundamental que los ciudadanos de "a pie" tengan derecho a capitalizar sus pequeñas aportaciones (seria el colmo que lo capitalicen otros ya sea la compañía eléctrica directamente o "sea detraído del famoso déficit tarifario" socializándolo entre otros con los empresarios de la FV).
Además se produce una gran contradicción si un particular tiene que poner el tejado FV por imperativo legal (caso del Código Técnico de la Edificación o por ordenanza municipal, por ejemplo) puede vender su energía. Pero si hace esa misma instalación por conciencia ecológica tiene que REGALAR los excedentes a unos u otros.
Para ser ecologista ¿se nos puede imponer ser altruistas? y regalar nuestros excedentes a la compañía eléctrica o a la sociedad en general incluidos los empresarios de las FV.
Dado que las cuantías de excedentes de esos tejados no serán muy altas y aceptando plenamente el planteamiento de computo de crédito a 12 meses cada 12 meses se ha de saldar el crédito a favor de la compañía eléctrica si es el caso o a favor del propietario de la instalación en caso contrario con las tarifas que se marquen que tendrán en consideración la proximidad del punto de generación al de consumo.

Cita:
Iniciado por Carles Pascual Ver Mensaje
Hola Asterix y compañia.

Agradecido por el notable esfuerzo tuyo como del resto de foreros para el beneficio de todos.

Queria hacer un comentario, si no te sabe mal, sobre la clasificacion de las instalaciones en grupos.

En concreto, es sobre la sugerencia de Wassup para el limite del grupo 1 a 120 % de la potencia instalada.

Me explico, tengo en estudio para mi casa una instalacion FV de 10 Kw nominales y mi potencia instalada es de 6.6 Kw, por lo que segun la propuesta yo deberia renunciar a 2 Kw en la instalacion para no perder las ventajas que se proponen.

Si estamos intentando hacer una propuesta que sirva en el tiempo, deberiamos tener en cuenta que las mejoras tecnologicas implican por un lado, mas potencia instalada en menor espacio, y a nivel de consumo, para las mismas prestaciones, menor consumo, por lo que al establecer un % sobre la potencia instalada penalizaremos la produccion FV.

Por lo que no deberia haber limitacion de potencia para el grupo 1.

Yo cambio, por tener un buen proyecto de instalacion FV y como gestion de la enegia generada la misma factura que ahora se usa para cobrarnos el consumo, cobrar la energia generada a precio de mercado, el real.

Gracias por la atencion, y perdonar por el tocho, que para ser la primera vez... me he quedado tranquilo.

Carles.
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