Estoy de acuerdo contigo, sería muy contraproducente tomar ahora semejante medida y no creo que pueda hacerse. Pero eso sería entrar en suposiciones.
Creo que es un buen momento para plantearnos algún interrogante, que seguro que al final todo tendrá su lógica.
Basándonos en lo que dice el RD 436/2004, ¿Qué medida/s puede/n derogar un RD? :?:
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