Bueno creo que puedo ir vertiendo diferentes mensajes con las explicaciones de lo que ha cambiado. Creo que los que leísteis el borrador os lo mereceis.
Empiezo por la propuesta de modificación del
ARTICULO 22 DEL REAL DECRETO 661/2007 A sugerencia de DATA y Wassup se ha incorporado una lista de requisitos más exhaustiva y exigente para la identificación de las instalaciones que deben ser consideradas como iniciadas al objeto de poder acceder a la tarifa regulada por el RD 661/2007 cuando una tecnología alcanza el 85% de su potencia objetivo. En concreto se han incluido los siguientes requisitos : a. Aval constituido, b. Punto de acceso y conexión a la red obtenido en firme y aceptado por el peticionario,
c. Tener solicitadas aunque no estén concedidas, bien todas las licencias municipales exigibles para su construcción que no para su explotación, o bien la autorización administrativa del proyecto de instalación.
La intención clara de exigir los requisitos a) y b), relajando al mismo tiempo el c), viene de que la constitución del aval y la obtención en firme con aceptación del peticionario del punto de conexión, suele demostrar una firme intencionalidad de realizar la instalación. Por otro lado, el relajar los otros requisitos exigidos en el Anexo II del RD 1578/2008, según el punto c) permite no limitar la lista de instalaciones candidatas a tan sólo aquellas que ya están totalmente listas para instalar, sino que se extienda a las que estaban claramente iniciadas hacia tal fin.