Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica
P es la potencia "real" pre-asignada en el trimestre anterior (suma de todas las instalaciones).
P0 es el cupo de potencia para el trimestre anterior: 133/4 MW para suelo y 267/4 para tejado.
Si P>=0,75 Po, es decir, si en el trimestre anterior se han tramitado solicitudes por más del 75% del cupo previsto (las solicitudes van según lo previsto), se reduce la tarifa.
Si P<0,75Po (si las solicitudes van por debajo de lo previsto) se mantiene la tarifa (para fomentar nuevas instalaciones).
|