Y quiero añadir que un promotor puede actuar frente a sus clientes como si se tratase de una entidad financiera, de éstas que ofrecen fondos de inversión, porque podría recibir dinero de sus clientes, y declararlos como titulares, mientras éstos mantengan su dinero en manos del promotor.
Nadie podría impedirlo, y las relaciones entre promotor y cliente se regularían por un contrato de arrendamiento, más o menos duradero.
Saludos.
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