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Iniciado por paula75
Leyendo el DB HE4, si el uso de la nave implica un consumo de agua caliente tienes que instalar solar térmica u otro sistema de generación de acs por fuentes renovables (o cogeneración etc..). Lo de la fotovoltaica es independiente. Si tienes alguna limitación arquitectónica puedes justificar el no instalar paneles de uno u otro tipo, eso es cierto. De todos modos ( y este es un comentario referente a la situación general y no a tu caso en particular, por favor lo no tomes a mal) resulta un poco descorazonador, por lo que veo en este y otros foros y por mi experiencia personal, lo reacia que esta siendo mucha gente (menos mal que minoría) a incluir la instalación solar en sus obras. Sobre todo teniendo en cuenta que su coste relativo, al menos en edificación, es bastante reducido. En fin.
Pero yo sólo soy el ingeniero... y el que manda es el promotor, y claro... si ve que le pongo paneles para agua caliente, y luego se da cuenta que no los necesita...

Y volviendo al tema, en el ámbito de aplicación del DB HE 4, en el punto 2a pone:

2. La contribución solar mínima determinada en aplicación de la exigencia básica que se desarrolla en esta Sección, podrá disminurise justificadamente en los siguientes casos:

a) Cuando se cubra ese aporte energético de agua caliente sanitaria mediante el aprovechamiento de energías renovables, procesos de cogeneración o fuentes de energía residuales procedentes de la instalación de recuperadores de calor ajenos a la propia generación de calor del edificio;

Y vuelvo a preguntar, si produces energía mediante placas fotovoltaicas, se podría prescindir de las placas solares térmicas?
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