PROBLEMATICA FOTOVOLTAICA EN GALICIA
Respuesta a Bruno y a los demás interesados en conocer lo que pasa en Galicia. Respecto a la "lei do solo de Galicia" insistimos en que no menciona en ninguna parte a la fotovoltaica. Hemos leido detenidamente todo el texto y podemos encontrar muchas referencias a actividades que si podrían permitir las instalaciones fotovoltaicas en suelo rústico, por ejemplo el artículo 4 mencionado por Bruno el apartado D dice textualmente: preservar el medio físico, los valores tradicionales, las señales de identidad y la memoria histórica de Galicia. Si la instalación fotovoltaica se hace sobre seguidores que permitan mantener el uso del suelo ya estaríamos preservando el medio físico y con ello todo lo demás ya que se podría seguir utilizando de pasto o de labranza ( como ya se está haciendo) y mantener los metodos agrícolas tradicionales e históricos, léase carro tirado por vacas, eso si que sean rubias. Si seguimos leyendo el mismo artículo a continuación en el apartado E leemos textualmente: armonizar las exigencias de ordenación y conservación de los recursos naturales y del paisaje rural y urbano con el mantenimiento diversificación y desarrollo sostenible del territorio y de su población, para contribuir a elevar la calidad de vida y la coexión social de la población. Sobran las palabras, con este apartado queda claro que se pueden hacer instalaciones fotovoltaicas siempre y cuando mantengan el uso del suelo. Y si con tinuamos con el apartado F del mismo artículo donde habla de "garantizar los derechos de la iniciativa de los particulares asegurando la participación de los ciudadanos y de las asociaciones por estos constituidas para la defensa de sus intereses" entonces está todavía mas claro. En el artículo 15 se hace una descirpción de lo que son terrenos rústicos que deben ser preservados de los procesos de desarrollo urbanístico. El artículo 31 menciona las facultades y deberes de los propietarios de suelo rústico, y en su punto 2 " los propietarios de suelo rústico deberán:" apartado A : Destinarlos a...otros usos vinculados a la utilización racional de los recursos naturales...". En el apartado C leemos " Solicitar, en los supuestos previstos en la legislación urbanística, la oportuna licencia municipal para el ejercicio de las actividades precistas en el artículo 33 de esta ley". Remitiéndonos al artículo 33 no encontramos ninguna referencia a la fotovoltaica, aunque si nos vamos al punto 2 apartado F leemos "instalaciones necesarias para las redes de transporte y distribución de energía eléctrica..." podemos decir que las instalaciones fotovoltaicas, en el caso de la Galicia del interior, suponen una importante mejora de las redes de distribución en el rural. E incluso el mismo punto nos limita las construcciones necesarias para el funcionamiento de las infraestructuras a 50 metros cusdrados, a todas luces mas que suficiente si tenemos que hacer una caseta para los inversores. Del artículo 36 al 40 se especifican los diferentes tipos de suelo así como los usos permitidos, prohibiendo los no contemplados. Aquí es donde se amarran los de Urbanismo, como no se contempla la fotovoltaica se prohíbe. Aunque si regresamos al artículo 33 encontramos un apartado al cual podríamos acogernos para que sean los ayuntamientos los que nos den la licencia, es el apartado C " actividades científicas, escolares y divulgativas", ¿quién me va a negar el carácter científico de una instalación que convierte la luz del sol en electricidad con mediciones periódicas? o el de escolar si hago un convenio con los colegios de la zona para que los alumnos puedan visitar la instalación y, por supuesto divulgativa al dar a conocer los datos de aprovechamiento de una instalación fotovoltaica en una zona concreta de la geografía gallega. No pretendemos ni tan siquiera insinuar que la Consellería pueda tener intereses ocultos, lo que sí afirmamos es que pasan totalmente del tema porque los mas interesados somos los gallegos del interior y, al igual que ha pasado con los incendios, las ayudas sólo van para los otros gallegos los da la Galicia costera. Detrás de esta paralización vemos la incompetencia y la soberbia de personas que como el director general de Urbanismo a el delegado provincial están puestos por favores electorales. Es así, esto es la Galicia profunda, la que hay que mantener en el atraso secular que ha permitido el avance de la otra Galicia, la que hay que mantener con "el carro con bois", eso sí que sean de raza rubia. En cuanto tenga un acta de la autonómica la pego en el foro. Saludos a tod@s.
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