Si es que no hay nada como buscar las cosas.... :wink:
http://www.ipyme.org/IPYME/es-ES/Emp...alApertura.htm
Esto lo he sacado de la web de nuestro querido Ministerio de Industria (o de Justicia según Clos

):
"Licencia Municipal de Apertura
Descripción:
Orden de comprobación de que la solicitud del administrado es conforme con las normas de uso previstas en los planes de urbanismo. Serán objeto de control urbanístico:
- la primera apertura de los establecimientos mercantiles e industriales.
- los cambios o adición de actividades o de titular, aunque no supongan el cambio o adición de clases de uso.
- la modificación o ampliación física de las condiciones de local y/o de sus instalaciones.
- la utilización de locales como auxilio o complemento de la actividad principal ubicada en otro local con el que no se comunique.
Tipos de licencias:
Licencias de Apertura para actividades inocuas:
Actividades inocuas son aquellas no incluídas en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
Documentación:
- Formulario Municipal
- En algunos ayuntamientos: Escritura de Propiedad o contrato de arrendamiento del inmueble.
- Fotocopia del D.N.I. En el caso de Sociedades, Escritura de Constitución y C.I.F.
- Planos de planta y sección, acotados, con el máximo detalle posible (indicando el uso de cada dependencia, las luces de emergencia, colocación de extintores, etc.)
- Plano de situación del local respecto a las calles donde se halla ubicado.
- En algunos Ayuntamientos se exige plano de emplazamiento del local en relación al resto de los locales del edificio.
- Fotocopia del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. "
Saludos